+57 311 244 5992 correo protegido Tunja, Boyacá · Todo el país
Clínicas y consultorios · 2026 · OCT · 8 min

Requisitos para habilitar un consultorio o una IPS en Colombia: lo que exige la infraestructura

Qué condiciones y estándares pide la Resolución 3100 de 2019 para habilitar un consultorio o una IPS, cómo es la inscripción en el REPS y qué debe cumplir el inmueble.

Clínicas y consultorios2026 · OCT

Para habilitar un consultorio médico u odontológico en Colombia, el profesional independiente debe cumplir la capacidad tecnológica y científica de la Resolución 3100 de 2019: siete estándares, entre ellos infraestructura y dotación, que declara en una autoevaluación al inscribirse en el REPS. Una IPS, además, debe acreditar capacidad técnico-administrativa y suficiencia patrimonial y financiera.

La 3100 sigue vigente con sus modificaciones, entre ellas las Resoluciones 544 de 2023 y 465 de 2025. En agosto de 2026 el Ministerio de Salud firmó la Resolución 1732, que iba a reemplazarla, pero la revocó con la Resolución 2080 del 8 de septiembre, porque nunca se publicó en el Diario Oficial. El Ministerio anunció otra actualización: antes de cerrar un diseño, confirme con la secretaría de salud de su departamento que no haya novedades.

¿Qué requisitos aplican a un consultorio y cuáles a una IPS?

La Resolución 3100 agrupa los requisitos en tres condiciones de habilitación, y no todas aplican a todos los prestadores:

Condición Profesional independiente (consultorio) IPS
Capacidad técnico-administrativa No aplica Sí
Suficiencia patrimonial y financiera No aplica Sí
Capacidad tecnológica y científica Sí Sí

La capacidad tecnológica y científica se mide, servicio por servicio, con siete estándares: talento humano, infraestructura, dotación, medicamentos y dispositivos médicos, procesos prioritarios, historia clínica y registros, e interdependencia. La mayoría se resuelve con títulos, contratos, protocolos y registros. Infraestructura y buena parte de la dotación, no: dependen de la obra, y si fallan en la verificación solo se corrigen rompiendo.

¿Cómo es el trámite de inscripción en el REPS?

  1. Autoevaluación. Antes de inscribirse, el prestador revisa cada servicio contra los estándares y declara que los cumple.
  2. Inscripción. Hace el registro en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud (REPS) y radica el formulario, con los soportes, ante la secretaría de salud departamental o distrital.
  3. Vigencia. La inscripción inicial dura cuatro años. Después se renueva cada año, con una autoevaluación antes del vencimiento.
  4. Verificación. La secretaría visita según su plan de visitas. Algunos casos tienen visita previa: la inscripción de una IPS nueva y los servicios nuevos de urgencias, atención del parto, oncología, transporte asistencial y alta complejidad.

Ningún servicio se presta antes de estar inscrito, así que la terminación de la obra y la inscripción van en el mismo cronograma.

¿El inmueble sirve para lo que quiere prestar?

Es la pregunta que más plata ahorra, y casi siempre se hace tarde. La norma distingue dos tipos de edificación:

  • De uso exclusivo en salud. Es obligatoria para urgencias, atención del parto, hospitalización y cirugías que no son ambulatorias.
  • De uso mixto, como un edificio de oficinas, un centro comercial o una casa con otros usos. Ahí caben consulta externa, apoyo diagnóstico y cirugía ambulatoria, cada prestador con su espacio delimitado.

Después viene el piso. Si el servicio queda en un segundo o tercer nivel, la edificación necesita ascensor, rampa o un sistema alterno de elevación; con más de tres pisos, ascensor. Un consultorio en el segundo piso de una casa con escalera angosta y sin espacio para rampa puede no pasar la verificación aunque por dentro esté impecable.

Y falta el municipio. El plan o esquema de ordenamiento territorial debe permitir servicios de salud en ese predio. Si una casa pasa de vivienda a consultorio, cambia de uso: eso suele implicar licencia de construcción en la modalidad de adecuación y, según el capítulo A.10 de la NSR-10, evaluar lo que ese cambio le exige a la estructura.

¿Qué espacios y acabados pide el estándar de infraestructura?

Para la consulta externa, que es lo que habilitan la mayoría de consultorios e IPS pequeñas, lo básico es esto:

Espacio Qué revisar
Consultorio de examen Mínimo 10 m², sin contar el baño. Área de entrevista y área de examen separadas por una barrera fija o móvil, y lavamanos (no se exige si el consultorio tiene baño).
Sala de espera Separada de las circulaciones, con luz y ventilación natural o artificial.
Baños Con uno o dos consultorios, al menos un baño apto para personas con movilidad reducida. Con más, baños separados por sexo, también aptos.
Aseo y residuos Dónde se guardan los elementos de aseo y dónde se almacenan los residuos antes de la recolección, según el manual que adoptó la Resolución 591 de 2024.

En toda la edificación, el estándar pide pisos continuos, antideslizantes, impermeables y lavables, con las juntas selladas; muros y techos lisos, lavables y no combustibles, y media caña (la unión curva entre piso y muro) en salas de procedimientos, consultorios donde se hacen procedimientos y consulta odontológica. Cada piso lleva señalización y planos de evacuación. Si habrá laboratorio, imágenes, vacunación o farmacia, la edificación debe tener planta eléctrica.

¿Qué cambia en un consultorio odontológico?

Es de los consultorios que más obra piden por metro cuadrado:

  • Mínimo 10 m² con una unidad, mesón con poceta y, cuando hay varias unidades, un lavamanos por cada tres o fracción.
  • Aire comprimido, succión, agua y desagüe deben llegar al punto exacto de cada unidad. Se definen con la ficha técnica del equipo antes de fundir el piso.
  • Media caña entre piso y muro, y acabados que aguanten la desinfección diaria.
  • Si va a tener rayos X, aun un equipo periapical, necesita licencia de práctica médica de la secretaría de salud departamental o distrital, hoy regulada por la Resolución 1811 de 2025, que sustituyó a la 482 de 2018. El espacio se diseña para la protección radiológica; no se improvisa en un rincón.

¿Qué errores encarecen la habilitación?

  • Firmar la compra o el contrato del local sin revisar uso del suelo, piso y acceso.
  • Diseñar «un consultorio» sin saber si habrá procedimientos. Agregar después el lavamanos, la poceta o la media caña obliga a romper lo nuevo.
  • Dejar el baño accesible para el final porque «no cabe». Si no cabe, el inmueble no sirve.
  • Calcular la red eléctrica sin los equipos que llegan después, como el autoclave o la unidad odontológica.

En MARA revisamos el diseño contra el estándar, criterio por criterio, antes de construir; tramitamos la licencia de construcción y nos encargamos de los diseños técnicos. Construimos el Centro Médico Quirúrgico de la Orinoquía, una clínica grande y exigente en Yopal (Casanare). Si va a empezar desde cero, vea las etapas para construir o adecuar una clínica o un consultorio privado; si su clínica ya funciona y necesita crecer, lea cómo remodelarla sin dejar de atender. Al recibir la obra, pida lo que explicamos en qué debe entregarle el constructor al terminar. Lo que hacemos en esta línea está en construcción de clínicas y centros de salud.

Preguntas frecuentes

¿Sigue vigente la Resolución 3100 de 2019?

Sí. A octubre de 2026, la Resolución 3100 de 2019 y sus modificaciones siguen siendo la norma de habilitación de servicios de salud. La Resolución 1732 de 2026, que iba a reemplazarla, fue revocada por la Resolución 2080 del mismo año sin haber producido efectos. Antes de cerrar un diseño, confirme con la secretaría de salud departamental.

¿Se puede habilitar un consultorio en una casa o en un apartamento?

Sí, si el uso del suelo lo permite y los servicios son de consulta externa, apoyo diagnóstico o cirugía ambulatoria, que pueden funcionar en edificaciones de uso mixto. Hay que revisar el acceso, el piso en que queda, el baño accesible y, si hay cambio de uso, la licencia y la evaluación de la estructura.

¿Cuánto debe medir un consultorio médico?

El consultorio de examen físico debe tener como mínimo 10 m², sin contar el baño, con un área de entrevista y otra de examen separadas por una barrera. El odontológico también parte de 10 m² con una unidad y debe dejar espacio para mover la unidad, el personal y los equipos.

¿Qué pasa si después quiero agregar un servicio?

Debe reportar la novedad de apertura del servicio en el REPS y hacer su autoevaluación antes de prestarlo. Si el nuevo servicio pide espacios, acabados o redes distintos, habrá obra. Por eso conviene dejar previstos desde el principio los espacios y las redes de los servicios que piensa sumar.

Siga explorando

Más publicaciones del blog.

Conversemos

¿Quiere conocer MARA con más profundidad?

Vea nuestro portafolio completo, conozca al equipo o escríbanos.